En este epígrafe, vamos a considerar aquellos contratos que, pudiendo ser temporales, en prácticas, en formación o indefinidos, se encuentran en un régimen especial a la Seguridad Social o tienen características especiales que merecen mención aparte.
Hablamos de:
- Contratos para el colectivo de trabajadores con discapacidad
- En régimen especial agrario por cuenta ajena
- En régimen especial para trabajadores del hogar
- Contratos en grupo, a distancia o de alta dirección
Vamos a detallar las principales características de cada uno de ellos:
Contratos para trabajadores con discapacidad
Las empresas públicas y privadas, que empleen a más de 50 trabajadores, deberán cumplir con que, al menos, el 2% de la plantilla serán personas con discapacidad. De manera excepcional, podrán aplicar medidas alternativas determinadas reglamentariamente y serán aprobadas por la autoridad laboral.
Existen varios grados de discapacidad. De cara a la contratación, vamos a distinguir 3 tramos:
- Inferior al 33%, no se considera en las bonificaciones
- Superior al 33%
- Superior al 65%, considerada discapacidad severa
Según el tipo de contrato, existen unas bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social como las que se muestran en estos cuadros:
Además de las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social por contratar a personas con un grado de discapacidad superior al 33%, se otorgan otro tipo de subvenciones.
- Deducción de la cuota íntegra a la Seguridad Social de 9.000€ por cada persona y año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad entre un 33 y un 65%
- Deducción de la cuota íntegra a la Seguridad Social de 12.000€ por cada persona y año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad superior al 65%
- Subvención de 3.907€ por cada puesto de empleo de carácter indefinido para trabajadores con discapacidad creado
En el caso de los centros especiales de empleo, es decir, una empresa cuya plantilla esté formada por, al menos, el 70% de personas con discapacidad y solicitar la correspondiente certificación por la administración competente, existen mayores incentivos como:
- Ayudas para financiar parcialmente proyectos generadores de empleo entre 9.000 y 12.000€ por puesto de empleo creado con carácter estable, es decir, que se mantenga por un tiempo mínimo de 3 años.
- Subvenciones de 1.803€ por puesto de trabajo para la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas.
- Bonificaciones del 100% en la cuota empresarial a la Seguridad Social y subvención del 50% del coste del salario mínimo interprofesional.
- Dotación de Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional, es decir, equipo de personas que ayudan a las personas discapacitadas a integrarse con su puesto de empleo y evaluar su desempeño.
A lo largo del manual, hemos incluido un apartado para trabajadores con discapacidad en cada tipo de contrato explicado, donde se especifica las características especiales que tienen para este colectivo.
Contratos en régimen especial agrario por cuenta ajena
CONTRATO PARA TRABAJADORES DEL SISTEMA ESPECIAL DEL SISTEMA AGRARIO POR CUENTA AJENA | |
TRABAJADORES | Para trabajadores que tienen del campo su medio de vida y lo hacen al servicio de un empleador |
Haber realizado al menos 30 jornadas reales durante 365 días y solicite su inclusión en el sistema durante los 3 meses siguientes | |
RETRIBUCIÓN | Tienen sus propias tablas de bases máximas y mínimas para las cotizaciones a la Seguridad Social |
INCENTIVOS | El empresario puede recibir créditos de las AAPP para reducir costes salariales y cotizaciones a la Seguridad Social si emplea a trabajadores por cuenta ajena en este régimen |
Se han desarrollado los Programas para el Fomento del Empleo Agrario (PFEA), con el objeto de corregir los desequilibrios en zonas rurales deprimidas y paliar la problemática de trabajadores agrarios, dotándoles de formación y experiencia en servicios de interés social | |
OTRAS CARACTERÍSTICAS | Deben tenerse en cuenta los periodos de actividad e inactividad |
La inactividad se reconoce si durante un mes natural, el nº de jornadas reales ha sido inferior al 76,67% de días naturales | |
Durante los periodos de inactividad, es el trabajador el que está obligado a cotizar y durante los periodos de actividad, el empresario |
Contratos en régimen especial para trabajadores del hogar
CONTRATO PARA TRABAJADORES DEL SISTEMA ESPECIAL DE EMPLEADOS DEL HOGAR | |
OBJETIVO | Realizar servicios exclusivamente domésticos y prestados en la casa o cuidadores profesionales por instituciones pública o privadas. |
TRABAJADORES | Trabajadores que prestan sus servicios para el hogar familiar y perciben remuneración |
Mayores de 16 años | |
Residentes en el extranjero al servicio de representantes diplomáticos, cónsules y funcionarios del Estado | |
DURACIÓN | Puede ser indefinido o temporal |
Jornada laboral máxima de 40 horas, sin perjuicio del tiempo de presencia | |
El tiempo de presencia a disposición del empleador debe ser inferior a 20h semanales de promedio al mes | |
PERIODO DE PRUEBA | Inferior a 2 meses, debe quedar por escrito y notificarlo con un preaviso de 7 días sino se supera |
RETRIBUCIÓN | Se garantiza la percepción de, al menos, el SMI en metálico en cómputo anual |
Puede recibir salario en especie a mayores del SMI siempre que no supere el 30% de la percepción salarial | |
El precio de la hora de presencia debe ser al menos igual a la hora ordinaria | |
2 pagas extra | |
Tienen sus propias tablas de bases máximas y mínimas para las cotizaciones a la Seguridad Social | |
OTRAS CARACTERÍSTICAS | 12 horas de descanso entre jornadas que pueden reducirse a 10h para empleados internos, siempre que se compense la diferencia hasta las 12h en un periodo de hasta 4 semanas |
Derecho a 2h para las comidas diarias que no computan como tiempo de trabajo efectivo | |
Descanso semanal de 36h | |
Vacaciones de 30 días naturales y no tiene la obligación de residir en el domicilio familiar durante ese tiempo |
Otros contratos
OTROS TIPOS DE CONTRATOS | |
EN GRUPO | El contrato es entre el empresario y el representante de un grupo de trabajadores |
El empresario sólo tiene responsabilidades con el representante | |
Puede ser indefinido o temporal | |
ALTA DIRECCIÓN | Para aquellos trabajadores que ejercen poderes inherentes a la titularidad jurídica de la empresa o los relativos a los objetivos generales de la misma con autonomía y responsabilidad |
Tiene un periodo de prueba que no puede superar los 9 meses | |
Puede ser indefinido o temporal | |
A DISTANCIA | Cuando la prestación de la actividad laboral se realice de manera preponderante en el domicilio del trabajador u otro lugar distinto del centro de trabajo |
Ostentan los mismos derechos que el resto de trabajadores | |
Puede ser indefinido o temporal. El tiempo de dedicación puede ser a jornada completa, parcial o por objetivos específicos determinados en las cláusulas del contrato |
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